El objeto del recurso de casación es un Auto emitido en ejecución de sentencia que
El objeto del recurso de casación es un Auto emitido en ejecución de sentencia que homologó y aprobó un acuerdo transaccional contenido en un documento con reconocimiento de firmas y rúbricas suscrito entre María Angélica Ramírez Peñaranda como ejecutante y Heroína Maturano Pinto de Matías y Félix Matías Matías como ejecutados, teniendo dicho acuerdo calidad de cosa juzgada, por lo que se tiene que dicho Auto deviene de un proceso monitorio (ejecutivo), y al resolverse este mediante un Auto interlocutorio tampoco admite recurso de casación, pues como ya se dijo este medio de impugnación únicamente procederá contra Autos de Vista que resolvieren un Auto definitivo, Autos de Vista que resolvieren sentencias dictadas en procesos ordinarios
- Partes: Heroína Maturano Pinto c/ Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de
- Expediente: CH-18-20-Com
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Por lo expuesto, interpone el recurso de compulsa, solicitando sea admitida y declarada legal
- CONSIDERANDO III
- Sobre el tema en cuestión, preliminarmente corresponde señalar que, si bien el principio de impugnación
- Sobre el tema el art
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el legislador ha establecido la procedencia
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
- En principio corresponde referir de acuerdo a lo glosado en el acápite III
- Haciendo abstracción del punto anterior se debe dejar claro que conforme al criterio vertido en
- Bajo ese entendido se tiene aclarado que dentro del proceso ejecutivo por su naturaleza, no
- El objeto del recurso de casación es un Auto emitido en ejecución de sentencia que
- Consiguientemente, existiendo una norma especial, no se evidencia infracción cometida por el Ad quem pues
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese y devuélvase.
