VISTOS: El recurso de casación de fs
VISTOS: El recurso de casación de fs. 942 a 948, presentado por Iván Marcelo Telleria Arévalo, Alcalde suplente temporal del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba mediante su representante legal Mariely Claudia Aguayo Taborga contra el Auto de Vista Nº 090/2019, de 9 de septiembre, cursante de fs. 934 a 940 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso ordinario de mejor derecho propietario, reivindicación de bien inmueble y cancelación, seguido por la entidad recurrente contra Félix Vásquez Flores, Félix Ponce Avalos y Romer Gutiérrez Flores, el Auto de Concesión de 6 de marzo de 2020 cursante a fs. 956, todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Edwin Arturo Castellanos Mendoza, Alcalde Municipal de Cochabamba mediante su representante legal Juan Mario Querejazu Yaksic, de fs. 46 a 50 y a fs. 54 y vta., planteó proceso ordinario de mejor derecho propietario, reivindicación de bien inmueble y cancelación total de registro, contra Félix Vásquez Flores, Félix Ponce Avalos y Romer Gutiérrez Flores, quienes una vez citados, contestaron negativamente, opusieron excepciones perentorias de falsedad, ilegalidad e improcedencia de reconocimiento de derecho preferente y reconvinieron mejor derecho a la acción principal; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia de 20 de diciembre de 2017, de fs. 819 a 831, donde la Juez Público Civil y Comercial Nº 4 de la ciudad de Cochabamba, declaró IMPROBADA la demanda principal e IMPROBADAS las excepciones perentorias de reconocimiento de mejor derecho preferente, ilegalidad, improcedencia, falsedad y falta de acción y derecho del demandante
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Edwin Arturo Castellanos Mendoza, Alcalde Municipal de Cochabamba mediante su representante legal Juan Mario Querejazu Yaksic, de fs. 46 a 50 y a fs. 54 y vta., planteó proceso ordinario de mejor derecho propietario, reivindicación de bien inmueble y cancelación total de registro, contra Félix Vásquez Flores, Félix Ponce Avalos y Romer Gutiérrez Flores, quienes una vez citados, contestaron negativamente, opusieron excepciones perentorias de falsedad, ilegalidad e improcedencia de reconocimiento de derecho preferente y reconvinieron mejor derecho a la acción principal; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia de 20 de diciembre de 2017, de fs. 819 a 831, donde la Juez Público Civil y Comercial Nº 4 de la ciudad de Cochabamba, declaró IMPROBADA la demanda principal e IMPROBADAS las excepciones perentorias de reconocimiento de mejor derecho preferente, ilegalidad, improcedencia, falsedad y falta de acción y derecho del demandante
- Flores
- Distrito: Cochabamba
- VISTOS: El recurso de casación de fs
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- En el marco de lo preceptuado en el art
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº 090/2019, de 9 de septiembre, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), la parte demandante, ahora recurrente, fue notificado el
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la entidad recurrente, al margen de identificar debidamente la
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Iván Marcelo Telleria Arévalo, Alcalde
- Denunció que la A quo no resolvió nada, pues se limitó a declarar improbada la
- Solicitó casar el Auto de Vista impugnado, declarando probada la demanda interpuesta por el Gobierno
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
