Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación a fs. 435, se observa que el recurrente fue notificado con dicha resolución el 28 de febrero de 2020 y como el recurso de casación fue presentado el 13 de marzo de la misma gestión, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 512; consecuentemente haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro el plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación a fs. 435, se observa que el recurrente fue notificado con dicha resolución el 28 de febrero de 2020 y como el recurso de casación fue presentado el 13 de marzo de la misma gestión, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 512; consecuentemente haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro el plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles
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