iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación subjetiva del recurrente respecto a cómo cree que debió ser resuelta la alegación; sino, la adecuación del recurso indefectiblemente a la normativa legal, para que a partir de ello, este Tribunal de Justicia, pueda cumplir con su competencia (art. 419 del CPP), sin que pueda considerarse a este medio de impugnación una nueva oportunidad de revisión del fallo de mérito.
iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente contradictorio deberá ser invocado a tiempo de su interposición; a menos que la sentencia le fuera inicialmente favorable a la parte y por lo tanto aquella resolución judicial no le genere agravio alguno, sino que éste surge en apelación cuando se dictó el Auto de Vista; caso en el cual, el recurrente tiene la carga procesal de invocar el precedente contradictorio en el momento de interponer el recurso de casación
- Por memorial presentado el 16 de marzo de 2020, Ruddy Morales Ovando, de fs
- Por Sentencia 23/19 de 30 de agosto (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusado Ruddy Morales Ovando (fs
- c) Por diligencia de 09 de marzo de 2020 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- A tal efecto, invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo Nº 333/2016 de 21
- Motivos por los cuales el recurrente denuncia la vulneración al derecho de defensa negando su
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En ese sentido, se establece que el recurrente en el primer motivo del recurso, denuncia
- Similar criterio debe ser asumido con relación al segundo motivo, en el cual el recurrente
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
