De lo descrito precedentemente se evidencia que la parte recurrente invoca los Autos Supremos 236
De lo descrito precedentemente se evidencia que la parte recurrente invoca los Autos Supremos 236 de 7 de marzo de 2007, 88 de 18 de marzo de 2008, 111 de 31 de enero de 2007, 99 de 25 de febrero de 2011, 151 de 15 de febrero de 2007 y 515/2016 de 16 de noviembre; sin embargo, dichos fallos no pueden ser considerados para el fondo de la problemática o ser contrastados con el Auto de Vista impugnado, teniendo en cuenta que si bien fueron invocados en apelación, pues del análisis efectuado en esta instancia casacional se percibe que la parte recurrente enfoca su denuncia contra la Sentencia y que dichos precedentes responderían a esa situación, en tal sentido no pueden ser habidos en dase casacional
- Contra la mencionada Sentencia, la imputada Liznelie López Chávez (87 a 90), interpuso recurso de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- III. INVOCACIÓN DE LOS MOTIVOS Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- La recurrente advierte que el Auto de Vista contravendría el art
- De lo descrito precedentemente se evidencia que la parte recurrente invoca los Autos Supremos 236
- Conforme a lo anterior se advierte que la parte recurrente no dio cumplimiento a los
- No obstante, de lo anterior se advierte que la recurrente identifica el hecho concreto que
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
