El art
Por diligencia de 06 de febrero de 2020 (fs. 103 vta.), la recurrente fue notificada con el referido Auto de Vista; y, el 13 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)
- Contra la mencionada Sentencia, la imputada Liznelie López Chávez (87 a 90), interpuso recurso de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- III. INVOCACIÓN DE LOS MOTIVOS Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- La recurrente advierte que el Auto de Vista contravendría el art
- De lo descrito precedentemente se evidencia que la parte recurrente invoca los Autos Supremos 236
- Conforme a lo anterior se advierte que la parte recurrente no dio cumplimiento a los
- No obstante, de lo anterior se advierte que la recurrente identifica el hecho concreto que
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
