La parte recurrente advierte que el Auto de Vista impugnado afecta sus derechos constitucionales, debido
La parte recurrente advierte que el Auto de Vista impugnado afecta sus derechos constitucionales, debido proceso, tutela judicial efectiva, a la seguridad jurídica, acceso a la justicia y el derecho a recurrir, pues la resolución recurrida declaró inadmisible el recurso de alzada, puesto que existió un excesivo rigorismo y en aplicación de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación restringida sin tomar en cuenta el principio de verdad material establecido en el art. 180 de la CPE, pues el principio de verdad material implica la superación de la dependencia de la verdad formal, con la finalidad de llegar a la averiguación histórica de los hechos, teniendo en cuenta los Autos Supremos 571/2015-RRC de 4 de septiembre y 496/2017 de 30 de junio, referidos a los principio pro homine y pro actione, en tal sentido el Tribunal de alzada incurre en excesivo rigorismo; es decir, en error que de ninguna manera deforma el motivo del recurso (principio de verdad material), provocando la inadmisibilidad del motivo por un error que puede verificarse que se trata de una formalidad intrascendente, que de ningún modo puede dar lugar a la desestimación de la sobrada fundamentación que consta en la petición, afectando el derecho a la tutela judicial efectiva, acceso a la justicia y el derecho a recurrir
- Por memorial presentado el 3 de diciembre de 2019, cursante de fs
- Por diligencia de 26 de noviembre de 2019 (fs
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- La parte recurrente advierte que el Auto de Vista impugnado afecta sus derechos constitucionales, debido
- De lo expuesto anteriormente se advierte el incumplimiento de los requisitos establecidos en los arts
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
