Auto Supremo AS/0469/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0469/2020

Fecha: 10-Ago-2020

Es así, que según la renuncia cursante a fs

Es así, que según la renuncia cursante a fs. 43 y 44 se evidencia que no existió ninguna continuidad en el trabajo, por lo que no correspondería el pago de indemnización desde el 18 de julio de 2013 al tratarse de un empleado sujeto al art. 6 de la Ley 2017 y art. 60 del Decreto Supremo 26115, sin embargo menciona que según la prueba de fs. 74 si correspondería la indemnización desde 12 de marzo de 2014, que es la fecha en la ingreso a trabajar al Gobierno Autónomo Municipal de El Alto