Que así planteado el recurso, analizados sus fundamentos se tiene lo siguiente
CONSIDERANDO III:
Fundamentos jurídicos del fallo
Que así planteado el recurso, analizados sus fundamentos se tiene lo siguiente:
En el presente caso se advierte que la parte recurrente cuestiona el fallo del Tribunal de segunda instancia, que confirma la Sentencia emitida por la Juez a quo, en la que se reconoce los derechos y beneficios sociales demandados a favor del actor, afirmación que según la parte demandada no corresponden, con el argumento de que Jhonny Gomez Colque no trabajo de manera continua ya que existió lapsos de inactividad
Fundamentos jurídicos del fallo
Que así planteado el recurso, analizados sus fundamentos se tiene lo siguiente:
En el presente caso se advierte que la parte recurrente cuestiona el fallo del Tribunal de segunda instancia, que confirma la Sentencia emitida por la Juez a quo, en la que se reconoce los derechos y beneficios sociales demandados a favor del actor, afirmación que según la parte demandada no corresponden, con el argumento de que Jhonny Gomez Colque no trabajo de manera continua ya que existió lapsos de inactividad
- Que, tramitado el proceso laboral, la Juez segundo de Trabajo y Seguridad Social de La
- Esta resolución motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- Señala que se realizó Contrato de prestación de servicios eventual de la Partida 12100 y
- Por otro lado cita al Decreto Supremo 27375 de 7 de febrero de 2004 art
- Es así, que según la renuncia cursante a fs
- Concluyó el memorial solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, CASE el Auto de Vista
- Que así planteado el recurso, analizados sus fundamentos se tiene lo siguiente
- Al respecto la parte demandante señala que ingreso a trabajar desde el 15 de enero
- Cabe resaltar que el 18 de diciembre de 2012 se promulgó la Ley 321 que
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- Bajo este razonamiento y tomando en cuenta la normativa citada, la decisión asumida por la
- Por lo tanto determinar en el caso presente que no corresponde el pago de los
- Que en ese marco legal, se concluye, que el Auto de Vista recurrido, se ajusta
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
