Por otro lado cita al Decreto Supremo 27375 de 7 de febrero de 2004 art
Por otro lado cita al Decreto Supremo 27375 de 7 de febrero de 2004 art. 5 el cual indica que los contratos que estén bajo la partida 12100 no deben generar cualquier clase de beneficios, así también el Decreto Supremo 28750 de 20 de junio de 2006 art. 11 alude que la remuneración del personal eventual contratado con la partida 12100 debe considerarse de acuerdo a las funciones y remuneración que percibe el personal de línea, punto que no fue tomado en cuenta por el Auto de Vista
- Que, tramitado el proceso laboral, la Juez segundo de Trabajo y Seguridad Social de La
- Esta resolución motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- Señala que se realizó Contrato de prestación de servicios eventual de la Partida 12100 y
- Por otro lado cita al Decreto Supremo 27375 de 7 de febrero de 2004 art
- Es así, que según la renuncia cursante a fs
- Concluyó el memorial solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, CASE el Auto de Vista
- Que así planteado el recurso, analizados sus fundamentos se tiene lo siguiente
- Al respecto la parte demandante señala que ingreso a trabajar desde el 15 de enero
- Cabe resaltar que el 18 de diciembre de 2012 se promulgó la Ley 321 que
- En autos se ha verificado que el actor trabajó en el Gobierno Autónomo Municipal de
- Bajo este razonamiento y tomando en cuenta la normativa citada, la decisión asumida por la
- Por lo tanto determinar en el caso presente que no corresponde el pago de los
- Que en ese marco legal, se concluye, que el Auto de Vista recurrido, se ajusta
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
