Auto Supremo AS/0383/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0383/2020-RA

Fecha: 22-Sep-2020

Manifestó que el Auto de Vista se parcializó con el hermano de la recurrente, no

Denunció que por Auto Supremo Nº 381/2016 de 19 de abril se anuló obrados hasta fs. 239, inclusive y ordenó realizar el trámite de sucesión procesal conforme lo dispone el art. 33 del Código Procesal Civil, en ese sentido el decreto de 29 de agosto de 2016 le dejó en total indefensión, ya que no se le corrió en traslado la sucesión del enajenante en el proceso, más únicamente sólo fue el traslado de la apelación, aspecto que viola el debido proceso y no puede argüirse ninguna convalidación toda vez que el mismo debe ser decretado por el juez y no a petición de parte, produciéndole agravios al no darle oportunidad de presentar oposición alguna, toda vez que a momento de la compraventa su padre tenía 88 años de edad, lo cual fue aprovechado por su hermano a efectos de poner a su nombre el indicado inmueble, aspecto evidenciado por el interrogatorio a fs. 161, asimismo se evidencia a fs. 320 que su padre junto a la madre de la recurrente firmó un documento privado de compraventa de 04 de noviembre de 1991 en el cual se le vendía la propiedad a la ahora recurrente.
Manifestó que el Auto de Vista se parcializó con el hermano de la recurrente, no evidenciando que existe otros herederos, ya que Juan Incapoma Quispe quedó en indefensión al no habérsele designado defensor de oficio, con más razón si se trata de un inmueble parafernal que no admite cómoda división y además el mismo demandante no acreditó la calidad de hijo y menos heredero ante el A quo que tampoco fue observado por el Ad quem