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2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Pascual, Miguel Ángel y José Luis todos Aguayo Catarí por sí y en representación convencional de Carlos Aguayo Catarí, mediante memorial cursante de fs. 115 a 118 vta., la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista N° 111/2020 de 12 de marzo, cursante de fs. 189 a 191, REVOCANDO en parte la Sentencia, disponiendo la resolución del contrato de fecha 06 de febrero de 2015, manteniendo firme y subsistente los demás aspectos contenidos en la resolución impugnada.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Pascual, José Luis, Miguel Ángel y Carlos todos Aguayo Catarí según memorial cursante de fs. 194 a 197 y por Claudia Angélica Quisbert según memorial de adhesión de fs. 200 a 202, recursos que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Pascual, José Luis, Miguel Ángel y Carlos todos Aguayo Catarí según memorial cursante de fs. 194 a 197 y por Claudia Angélica Quisbert según memorial de adhesión de fs. 200 a 202, recursos que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
- Auto Supremo: 397/2020-RA
- Expediente:LP-64-20-S
- Partes: Claudia Angélica Quisbert Calle c/ Pascual, José Luis, Miguel Ángel y Carlos todos Aguayo
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista N° 111/2020 de 12 de marzo, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que Pascual, José Luis, Miguel Ángel y Carlos todos Aguayo
- 4. Del contenido del recurso de casación
- La errónea aplicación del procedimiento en cuanto a la modificación de la cláusula penal, vulnerándose
- De esta manera, solicitan la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación de fs
- Del recurso de casación interpuesto por Claudia Angélica Quisbert Calle, mediante memorial de adhesión cursante
- CONSIDERANDO III
- CONSIDERANDO IV
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
