c)
c)Que, existe error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba documental consistente en los recibos de pago de venta del inmueble; omisión en la evaluación de la prueba pericial que contiene la cuantificación de los pagos realizados, y la falta de valoración de la confesión judicial efectuada por Rubén Ramírez Aguirre y Nelly Ramírez quienes habrían establecido el reconocimiento de los pagos.
