g)
g)Que no se consideró que ambas partes habrían consentido proseguir con la venta acorada incurriendo la Sentencia en ausencia de motivación. Y en cuanto a la ausencia de cumplimiento al principio de verdad material en la Sentencia y Auto de Vista señala que, debió considerarse los pagos realizados por la venta del inmueble así como el reconocimiento a la prorroga consentida del plazo para el pago total.
