Auto Supremo AS/0063/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0063/2021

Fecha: 27-Ene-2021

4.

4. En mérito a esos antecedentes la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia N° 1 del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista Nº 114/2020 de 1 de octubre, cursante de fs. 653 a 660 vta., donde los vocales suscriptores, en lo más sobresaliente de dicha resolución arguyeron:

4. Finalmente, el recurrente arguye que no recusó al perito y tampoco objetó el trabajo que realizó, porque la actuación falsa del perito recién fue descubierta. Con relación a lo acusado, corresponde señalar una vez más que, al haber sido debidamente ofrecido como perito Roberto Quiroga Coca y haberse realizado el examen pericial grafístico conforme a derecho, correspondía al ahora recurrente presentar una actitud más proactiva y realizar las observaciones que recién acusa en el presente proceso, pues conforme a la carga de la prueba, era su deber desvirtuar los hechos constitutivos de la demanda de anulabilidad de documento, lo que implicaba que, además de producir y presentar pruebas para dicho fin, también podía rebatir los medios probatorios presentados por la otra parte para así contrarrestar la eficacia probatoria; empero, en el caso de autos, se observa que el recurrente, teniendo la posibilidad de realizar observaciones, objeciones o recusar al perito, demostró una conducta pasiva, por lo que el presente reclamo resulta extemporáneo y en consecuencia también infundado.