Auto Supremo AS/0585/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0585/2021

Fecha: 11-Oct-2021

2.

2. Sostiene que la personalidad jurídica del SEDECA como persona de derecho público, no admite contrataciones verbales, existiendo al contrario la prueba de fs. 51 a 56 que además de ser incorrectamente valorada acredita que sí existió voluntad escrita de contratar, pero la misma no se materializó por negativa de la demandante, circunstancia que demuestra que se valoró tal en violación del art. 159 del CPT.