Auto Supremo AS/0624/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0624/2021

Fecha: 08-Nov-2021

Recurso de casación en el fondo formulado por María René Andrade Rivero

En el análisis y valoración de la prueba sobre el reconocimiento de horas extraordinarias efectuadas en el Considerando VII, parte final del Auto de Vista impugnado, se omitió reconocer la Resolución Bi Ministerial N° 002 de 4 de junio de 2004, que establece que la jornada de trabajo a favor del personal administrativo de los servicios de salud es de 6 horas a tiempo completo, conforme determinan los DDSS N° 9357 de 1970, 21553 de 20 de marzo de 1987, vigentes en la actualidad y no como establece mal la Resolución de alzada, 40 horas semanales, vulnerando de esa forma su derecho a la remuneración de horas extraordinarias trabajadas fuera de la jornada de 6 horas diarias y siendo que trabajó en el Instituto demandado, 8 horas de lunes a viernes y 2 horas con 30 minutos los días sábados, se le adeuda 12 horas con 30 minutos semanales, por 6 años, 9 meses y 27 días, como demuestra la prueba de fs. 233 a 234 vta.