Auto Supremo AS/1018/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1018/2021

Fecha: 17-Nov-2021

2.

2. Bajo esos antecedentes y tramitada que fue la causa, la Juez Público Civil y Comercial Nº 14 de la ciudad de Sucre, emitió la Sentencia Nº 62/2021 de 13 de julio, corriente en fs. 1023 a 1036 vta., declarando PROBADA en todas sus partes la demanda de división y partición interpuesta por la actora principal, IMPROBADA la demanda reconvencional de usucapión decenal interpuesta por Juan de la Cruz Velásquez Paniagua, IMPROBADA la demanda reconvencional de usucapión quinquenal u ordinaria interpuesta por María Betty Conchari Toro de Velasquez; en consecuencia, dispuso por operada la división y partición del inmueble de 1.025,42 m2 objeto de demanda de propiedad de María Magdalena Velásquez Paniagua de Limachi, Juan de la Cruz, Víctor y Mario todos Velásquez Paniagua, disponiendo que en ejecución de Sentencia se proceda a la partición de los lotes o hijuelas.

2. Alegó que de acuerdo al art. 167 del Código Civil, la división y partición de un bien es cuando los copropietarios tienen la cosa, se encuentran en posesión y permanecen en comunidad; la demandante no tiene en su poder el inmueble tampoco el codemandado Víctor Velásquez Paniagua, la Sentencia no refiere nada al respecto, y el Auto de Vista vuelve a variar la apelación.

2. El recurrente pretende fraccionar el artículo 167 del Código Civil, no realiza la interpretación integral de dicha norma; en el caso presente estamos frente a un título de dominio en copropiedad que motiva el proceso ordinario de división y no estamos frente a una acción posesoria, no existiendo pacto de indivisión forzosa de origen contractual o testamentaria que obligue a permanecer en la comunidad.