3.-
3.- El Tribunal de alzada, determinó que la Asociación demandada, es una entidad sin fines de lucro, por lo que corresponde la base del cálculo de un salario mínimo nacional, revocado lo dispuesto en primera instancia; pero, se tomó en cuenta 6 años, 9 meses y 6 días, cuando se tiene como fecha de inicio de la relación laboral el 10 de septiembre de 2010 y la fecha de finalización el 6 de junio de 2019, exceptuando los 2 primeros años, queda un periodo correcto para el cálculo el bono de antigüedad de 6 años, 8 meses y 26 días, sobre los cuales se debe computar el bono de antigüedad.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 663
- Sucre, 1 de diciembre de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA
- Auto de Vista.
- REVOCÓ en parte
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación.
- 1.-
- 2.-
- 3.-
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- carente de los requisitos formales
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
