POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184.1 de la CPE y 42.I numeral 1 de la Ley de Organización Judicial, declara INFUNDADO, el recurso de casación de fs. 136 a 142, interpuesto por Mario Rojas Yucra en representación de PRENDASOL SRL, contra el Auto de Vista Nº 13/2019 de 14 de febrero, emitido por la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 132 a 134, con costas.
El pago de los sueldos devengados que debe efectuarse, previo juramento de Ley en el juzgado de primera instancia, por parte de la demandante y bajo responsabilidad para el caso de demostrarse lo contrario, de no haber percibido remuneración alguna en otra entidad estatal o privada, por otro trabajo prestado desde el momento de su despido.
Se regula el honorario profesional del abogado patrocinante en Bs.2.000.- (Dos mil 00/100 Bolivianos), que mandará a pagar el Juez de primera instancia.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 708
- Sucre, 1 de diciembre de 2021
- Expediente :
- Demandante : Gabriela Elizabeth Wanders Uscamayta
- Demandado :
- Proceso :
- Departamento :
- Magistrado Relator :
- VISTOS
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia:
- PROBADA
- Auto de Vista:
- CONFIRMÓ
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recursos de casación
- Petitorio:
- Contestación al recurso y admisión:
- Admisión
- Fragmento 22
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Inamovilidad de mujer embarazada
- Derecho a la estabilidad laboral, Desvinculación laboral y prohibición de despido injustificado
- Fragmento 26
- Del principio de verdad material
- RESOLUCIÓN DEL CASO CONCRETO:
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
