4.- Inexistencia de norma legal que disponga incrementos salariales para COMIBOL, al margen de los Decretos que emiten las autoridades de Gobierno.
Aclaró, que los trabajadores de COMIBOL-Oficina Central La Paz, para gozar del derecho al incremento salarial que se dispone cada gestión, al margen del Decreto Supremo, emitido por el Gobierno central, requiere de la promulgación de un Decreto Supremo especifico, que regule el incremento salarial para los trabajadores de COMIBOL, en forma clara y específica, previa verificación de sostenibilidad y factibilidad económica, gestionado por el ente cabeza de sector de la COMIBOL, que el Ministerio de Minería y Metalurgia, tomando en cuenta que los recursos no provienen del Tesoro General de la Nación y es la misma COMIBOL, la genera sus propios ingresos; tal como ocurrió en la gestión 2009, donde fue emitido el DS Nº 381 de 16 de diciembre de 2009 en su art. 1, que dispuso dicho incremento; sin embargo, el Juez de primera instancia, sin que existan Decretos Supremos específicos que dispongan incrementos salariales de la gestión 2015 a 2021, dispuso arbitrariamente, que se incremente el sueldo del demandante y se realice los cálculos sobre esos incrementos arbitrarios, que no se encuentran sustentados legalmente.
Petitorio.
Solicitó se anule y/o case el Auto de Vista impugnado y se declare IMPROBADA la demanda en todas sus partes.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 727
- Sucre, 1 de diciembre de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: Corporación Minera de Bolivia-COMIBOL
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- Fragmento 14
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II.- RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- En la forma.
- Fragmento 19
- Petitorio.
- En el fondo.
- 1.- Error de hecho en la valoración de las pruebas.
- 2.- Inobservancia y vulneración del Decreto Supremo (DS) Nº 1592 de 19 de abril de 1949.
- 3.- Inobservancia y vulneración al Reglamento para la calificación de años de servicio, aprobado a través de la Resolución Administrativa (RA) Nº 806 de 2 de agosto de 2019, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas públicas.
- 4.- Inexistencia de norma legal que disponga incrementos salariales para COMIBOL, al margen de los Decretos que emiten las autoridades de Gobierno.
- Contestación.
- Admisión:
- Mediante Auto de 31 de agosto de 2021 (fs. 557), la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 487 a 495, que se pasa a resolver.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO.
- Doctrina, jurisprudencia y legislación aplicable al caso:
- Derecho a la estabilidad laboral: estructura normativa.
- Desvinculación laboral y prohibición de despido injustificado.
- Reincorporación.
- Resolución del caso concreto:
- Estas infracciones legales deben estar necesariamente identificadas en el proceso y respaldadas mediante normas que permitan su aplicación en mérito a los principios de legalidad y trascendencia, conforme instituye el art. 105-I-II del Código Procesal Civil (CPC-2013), aplicable por determinación contenida en el art. 252 del CPT.
- Respecto a los puntos 1 y 2 Error de hecho en la valoración de pruebas e Inobservancia y vulneración del DS Nº 1592 de 19 de abril de 1949.
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
