REVOCÓ
Contra la Resolución de la Comisión de Reclamación Nº 688/17 de 15 de noviembre de 2017, Francisca Angulo Callisaya Vda. de Suri, interpuso recurso de apelación, conforme se acredita de fs. 152 a 151, emitiendo la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, el Auto de Vista Nº 102/2018 de 2 de agosto, de fs. 202 a 201, por el que REVOCÓ la Resolución Nº 688/17 de 15 de noviembre de 2017, dejando sin efecto la Resolución Nº 2707 de 25 de septiembre de 2017, disponiendo se emita nueva resolución mediante el cual se otorgue la renta de viudedad impetrada por la solicitante.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 750
- Sucre, 1 de diciembre de 2021
- Expediente: 528/2021-R
- Demandante: Francisca Angulo Callisaya Vda. de Suri
- Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR)
- Proceso: Renta de Viudedad
- Departamento: La Paz
- Magistrado Relator: Lic. Esteban Miranda Terán
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES PROCESALES:
- Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones.
- Tramitado el proceso administrativo de calificación de renta de viudedad, la Comisión Nacional de Prestaciones del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), emitió la Resolución Nº 2707 de 25 de septiembre de 2017 de fs. 125 a 123, en cuya parte resolutiva determinó DESESTIMAR la renta de viudedad solicitada por Francisca Angulo Callisaya Vda. de Suri.
- Resolución de la Comisión de Reclamación.
- Interpuesto el recurso de reclamación por Francisca Angulo Callisaya Vda. de Suri, a través del memorial de fs. 138 a 136, la Comisión de Reclamación del SENASIR, emitió la Resolución Nº 688/17 de 15 de noviembre de 2017 de fs. 148 a 141, que CONFIRMÓ la Resolución Nº 2707 de 25 de septiembre de 2017 de fs. 125 a 123.
- Auto de Vista.
- REVOCÓ
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de Casación.
- 2.-
- Petitorio:
- Contestación al recurso y petitorio:
- Concesión y Admisión:
- El Tribunal de alzada por Auto N° 207/2021 de 6 de mayo, de fs. 213, concedió el recurso de casación ante este Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), admitiéndose por Auto de 13 de septiembre de 2021 de fs. 224; por consiguiente, se pasa a considerar y resolver.
- III. FUNDAMENTO JURÍDICO DEL FALLO:
- RESOLUCIÓN DEL CASO CONCRETO:
- Fragmento 28
- POR TANTO:
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
- Fragmento 31
