III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Antes de ingresar a los puntos controvertidos por las partes, es necesario previamente, aclarar que en el recurso de casación, estableció afectaciones de forma como de fondo; debiendo aclarar qué; si bien, el recurso no disgrega estos aspectos, en resguardo del derecho a la defensa y el debido proceso, este Tribunal, los disgregara para dar una respuesta clara y oportuna a los reclamos realizados.
Conforme a lo señalado, es necesario atender ambos aspectos, debiendo previamente analizar los reclamos en la forma que puedan generar vicios procesales que ameriten la nulidad de obrados y solo en caso de no encontrar que esos sean evidentes, se ingresará a los aspectos de fondo planteados.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 788
- Sucre, 01 de diciembre de 2021
- Expediente:
- Demandantes:
- Demandado:
- Proceso: Reliquidación de beneficios sociales
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- Planteada la demanda de reliquidación de beneficios sociales interpuesto por Lilian Marcela Lorena Aguirre Pacheco, tramitado el proceso, la Juez de Trabajo y Seguridad Social Cuarto de La Paz, emitió la Sentencia Nº 023/2020 de 19 de marzo, de fs. 88 a 94, que declaró PROBADA en parte la demanda disponiendo el pago a favor de la actora la suma de Bs.21.516,23 como multa del 30%, sobre el monto pagado extemporáneamente de Bs71.720,78.
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN:
- Petitorio.
- Contestación.
- Concesión y Admisión.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Forma
- 1)
- Fondo
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
