Auto Supremo AS/0003/2021-RCC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0003/2021-RCC

Fecha: 19-Feb-2021

e) La carga argumentativa en la técnica recursiva

e) La carga argumentativa en la técnica recursiva, en los Autos Supremos: 176/2015-RRC de 12 de marzo, 372/2015-RRC de 15 de junio, 172/2016-RRC de 08 de marzo, 344/2016-RRC de 21 de abril y 678/2016-RRC de 12 de septiembre, al sustentar que el denunciante no demostró de modo alguno cuál la trascendencia o relevancia de las cuestiones apeladas en la resolución de fondo del proceso que se le sigue; por lo que, en atención al principio de conservación de los actos, lo denunciado no amerita por sí mismo, dejar sin efecto las actuaciones desarrolladas dentro del proceso penal en estudio, y sobre la carga argumentativa en la técnica recursiva al no fundamentar este principio, en el Auto Supremo 131/2016-RRC de 22 de febrero, fundamenta que “…para declarar la nulidad de actos procesales como solicita la parte recurrente, deben observarse los principios procesales relativos a la nulidad de actos procesales, desarrollados en los apartados anteriores de éste Auto Supremo, en especial los de convalidación y trascendencia, se constata que el Auto de Vista no contradijo la doctrina legal citada por la recurrente ni la adicional citada por este Tribunal…”