Auto Supremo AS/0092/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0092/2021

Fecha: 02-Feb-2021

3.

3. El último reclamo expuesto por el recurrente, se encuentra fundado en que habría existido omisión en la valoración del Contrato de Seguro de Responsabilidad cursante a fs. 114; respecto a ello es pertinente nuevamente señalar que, el principio procesal de verdad material, establece que la obligación del juzgador, al momento de emitir sus resoluciones, es el de observar los hechos tal como se presentaron y analizarlos dentro de los acontecimientos en los cuales encuentran explicación o que los generaron; de ello, se infiere que la labor de cumplimiento de este principio, refiere a un análisis de los hechos ocurridos en la realidad, anteponiendo la verdad de los mismos antes que cualquier situación, en este caso es evidente que la entidad aseguradora al iniciar su demanda adjuntó pólizas que no correspondían al año en el que ocurrió el accidente, sin embargo la documentación fue subsanada conforme se evidencia de fs. 389 a 439; prueba que es valorada y utilizada como sustento para justificar la determinación de esta resolución. En consecuencia, este reclamo no tiene fundamento alguno.