3.
3.Señaló que la pericia no cumplió con el fin para el cual fue propuesto, pues el objeto principal de la pericia era determinar la ubicación exacta de los lotes de terrenos signados con los números 10 y 11 de la Urbanización Achumani; por el contrario, con el fin de justificar su trabajo ingresó en incongruencias ya que en el peritaje establece que los lotes 10 y 11 estarían juntos, pero en la audiencia de aclaración cursante de fs. 249 a 254 señala que el lote 10 supuestamente estaría arriba, pero no tenía documentación del mismo para poder verificar y necesariamente requería una georreferenciación. En conclusión, no se dio el trabajo de ubicar el lote 10.
3.La Escritura Pública del demandado Nº 39/2001 en base a la cual señala ser propietario, no registra el número de manzana, menos expresa los límites de lote, conforme señala las cláusulas segunda y tercera de la referida escritura pública, por tal motivo debe comenzar por pedir a su vendedor los límites del terreno.
- VISTOS:
- Fragmento 2
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 3.
- 4.
- 1.
- 2.
- son tres: 1. El derecho de dominio de quien se pretende dueño; 2. La determinación de la cosa que se pretende reivindicar y; 3. La posesión de la cosa por el demandado.
- Fragmento 9
- ”
- Lote Nº 11
- 11
- 11: al norte con el Lote Nº 12, al sur con una calle, al este con el Lote Nº 10 y al oeste con la avenida;
- POR TANTO:
