Auto Supremo AS/0179/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0179/2021

Fecha: 03-Mar-2021

4.

4.Imputaron la errónea aplicación y violación directa de los arts. 1328 y 1329 del Código Civil, señalando que el Tribunal de alzada incurre en error al rechazar la prueba testifical, pues no considera que de acuerdo a lo preceptuado por el art. 1329 de la norma civil, la prueba testifical es admisible cuando el acto impugnado es por falsedad e ilicitud. Por ello, consideran que las autoridades, ante la latente violación del art. 1328 de la mencionada norma civil, debieron anular la Sentencia para que el juez de grado ingrese a considerar la prueba testifical de cargo propuesta en la demanda.