Auto Supremo AS/0249/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2021

Fecha: 23-Mar-2021

4.

4.Acusó la errónea aplicación del art. 366 del CPC, manifestando que el Tribunal de alzada, incurre en error al señalar que la pretensión podía ser modificada en la audiencia preliminar, puesto que de acuerdo a lo previsto por el art. 115 del mencionado Código, la demanda únicamente puede ser modificada hasta antes de la contestación.