I.1.2 Auto de Vista
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por INDUSTRIAS DE ACEITE S.A., de fs. 292 a 300 vta., la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista N° 29/2020 de 7 de julio, cursante de fs. 333 a 335 vta., REVOCA LA SENTENCIA N° 20 de 24 de mayo de 2019, declarando PROBADA la Excepción de Prescripción.
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 408/2021
- Sucre, 16 de marzo de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII- SCZ. 29/2021.
- Distrito: Santa Cruz.
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
- VISTOS: El recurso de casación de fs. 344 a 346 de obrados, interpuesto por Antonia Cutile de Quispe y Celia Dania Quispe Cutile, en calidad de esposa e hija del fallecido Emeterio Quispe Poma, en contra del Auto de Vista Nº 29/2020 de 7 de julio de fs. 333 a 335 vta., correspondiente a la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de beneficios sociales que sigue Emeterio Quispe Poma, en contra de la Empresa (ADM-SAO S.A), el memorial de respuesta de fs. 349 a 353; el Auto de 24 de diciembre de 2020 de fs. 354 que concedió el recurso, el Auto Nº 29/2021-A de 12 de enero de fs. 362 y vta., que admitió el recurso, los antecedentes del proceso, y
- I. CONSIDERANDO:
- I. 1. Antecedentes del proceso.
- I.1.1. Sentencia. -
- I.1.2 Auto de Vista
- II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
- Petitorio:
- III. CONSIDERANDO:
- III.1. - Fundamentos jurídicos del fallo.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
