POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución prevista en el art. 184.1 de la Constitución Política del Estado, art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, art. 220.II del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), concordado con el art. 252 del Código Procesal del Trabajo, CASA el Auto de Vista Nº 29/2020 recurrido de fs. 333 a 335 vta., y deliberando en el fondo mantiene firme y subsistente la Sentencia de 24 de mayo de 2019, pronunciada por el Juzgado Cuarto de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz de la Sierra.
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 408/2021
- Sucre, 16 de marzo de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII- SCZ. 29/2021.
- Distrito: Santa Cruz.
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
- VISTOS: El recurso de casación de fs. 344 a 346 de obrados, interpuesto por Antonia Cutile de Quispe y Celia Dania Quispe Cutile, en calidad de esposa e hija del fallecido Emeterio Quispe Poma, en contra del Auto de Vista Nº 29/2020 de 7 de julio de fs. 333 a 335 vta., correspondiente a la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de beneficios sociales que sigue Emeterio Quispe Poma, en contra de la Empresa (ADM-SAO S.A), el memorial de respuesta de fs. 349 a 353; el Auto de 24 de diciembre de 2020 de fs. 354 que concedió el recurso, el Auto Nº 29/2021-A de 12 de enero de fs. 362 y vta., que admitió el recurso, los antecedentes del proceso, y
- I. CONSIDERANDO:
- I. 1. Antecedentes del proceso.
- I.1.1. Sentencia. -
- I.1.2 Auto de Vista
- II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
- Petitorio:
- III. CONSIDERANDO:
- III.1. - Fundamentos jurídicos del fallo.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
