Auto Supremo AS/0142/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0142/2021-RA

Fecha: 12-Abr-2021

1

Contra la mencionada Sentencia, el acusado Vladimir Lazcano Barrancos (fs. 1290 a 1302), formuló recurso de apelación restringida, que fue resuelto por Auto de Vista de 5 de noviembre de 2020 (fs. 1436 a 1446), dictado por la Sala Penal Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, que declaró: 1. Procedente el recurso con relación al delito de Supresión o Destrucción de Documentos, estableciendo la absolución del acusado conforme lo establecido en el art. 363 núm. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP). 2. Improcedente con relación a los demás agravios invocados en el recurso de apelación restringida, en su mérito confirmó la sentencia recurrida y la condena impuesta, con relación al delito de Incumplimiento de Deberes.

Por diligencias de 30 de noviembre y 10 de diciembre de 2020 (fs. 1497 y 1575), los recurrentes fueron notificados con el referido Auto de Vista y su Complementario; y, el 8 de diciembre y 17 de diciembre del mismo año interpusieron los recursos de casación que son objeto del presente análisis de admisibilidad.

Conforme a lo normado en el art. 417 del CPP, el plazo máximo para la interposición del recurso de casación es de cinco días, verificándose en el presente caso que los recurrentes fueron notificados con el Auto de Vista el 30 de noviembre y el 10 de diciembre de 2020, respectivamente (fs. fs. 1497 y 1575), planteando sus recursos de casación; 1. acusado, el 7 de diciembre 2020 (vía Buzón Judicial fs. 1584), y; 2. acusador particular, el 17 de diciembre de 2020, extremos que evidencia que dichos medios de impugnación se plantearon dentro del plazo legal; por lo tanto, corresponde verificar a continuación el cumplimiento de los demás requisitos.