POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación, interpuesto por la empresa metalúrgica “VINTO”, representada por Octavio Hinojosa Ledezma, de fs. 275 a 277, en consecuencia, se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista Nº 353/2020 de 23 de octubre.
Sin costas en todo el proceso en aplicación de los arts. 39 de la ley N° 1178 y 52 del DS N° 23215.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA SOCIAL, ADMINISTRATIVA, CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA PRIMERA
- Auto Supremo Nº 183
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Materia: Pago de derechos laborales
- Distrito:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sentencia
- PROBADA EN PARTE
- Auto de Vista
- CONFIRMÓ
- II. FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN.
- Recurso de casación:
- Petitorio
- Contestación al recurso de casación.
- Admisión.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO.
- Doctrina, Jurisprudencia y legislación aplicable al caso.
- Descritos estos principios y requisitos procesales que deben sobrevenir para la nulidad de obrados, se pasa a resolver las infracciones de forma acusadas en el recurso.
- Resolución del caso concreto:
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
