VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación de fs. 275 a 277, interpuesto por la Empresa Metalúrgica “VINTO”, representada por Octavio Hinojosa Ledezma, contra el Auto de Vista N° 353/2020 de 23 de octubre, pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro de fs. 264 a 271, dentro del proceso de pago de derechos laborales, seguido por Fernando Jorge Herrera Ramírez, contra la empresa recurrente; la contestación al recurso de fs. 280; el Auto Nº 347/2020 de 25 de noviembre de 2020 de fs. 281, que concedió el recurso; el Auto de 14 de diciembre de 2020 de fs. 288, que declaró la admisión del recurso de casación, los antecedentes del proceso; y todo cuanto fue pertinente analizar.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA SOCIAL, ADMINISTRATIVA, CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA PRIMERA
- Auto Supremo Nº 183
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Materia: Pago de derechos laborales
- Distrito:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sentencia
- PROBADA EN PARTE
- Auto de Vista
- CONFIRMÓ
- II. FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN.
- Recurso de casación:
- Petitorio
- Contestación al recurso de casación.
- Admisión.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO.
- Doctrina, Jurisprudencia y legislación aplicable al caso.
- Descritos estos principios y requisitos procesales que deben sobrevenir para la nulidad de obrados, se pasa a resolver las infracciones de forma acusadas en el recurso.
- Resolución del caso concreto:
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
