PROBADA en parte
Tramitado el proceso coactivo social, la Juez de Trabajo y Seguridad Social Primero de la ciudad de Quillacollo-Cochabamba, cumpliendo la nulidad determinada por Auto de Vista N° 188/2017 de 9 de agosto, de fs. 331 a 332, emitió el Auto Definitivo de 19 de marzo de 2018, de fs. 347 a 350, que declaró PROBADA en parte la acción coactiva social por cobro de primas devengadas del Seguro para el Adulto Mayor SSPAM, correspondientes al tercer cuatrimestre/2007, al segundo cuatrimestre/2011, y PROBADA en parte la excepción de pago parcial; conminando al GAM de Colcapirhua, a través de su representante, al pago dentro de tercero día, en favor de la Caja Nacional de Salud, lo adeudado de los periodos señalados, consignado en la Nota de Cargo N°234-092/2012, deduciendo los montos que fueron cancelados con anterioridad en calidad de pago parcial; resultando como saldo deudor por el concepto señalado, el monto de Bs827.878,04 (Ochocientos veintisiete mil ochocientos setenta y ocho 04/100 Bolivianos); sin lugar al pago de intereses, multas, gastos judiciales y actualización.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
- AUTO SUPREMO Nº 224
- Sucre, 21 de abril de 2021
- Expediente
- Demandante
- Demandado
- Proceso
- Departamento
- Magistrado Relator
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Auto definitivo
- PROBADA en parte
- Auto de Vista
- ANULÓ
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- Petitorio
- Contestación del recurso
- 1.
- 2.
- 3.
- Admisión
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS LEGALES Y DOCTRINALES APLICABLES AL CASO CONCRETO
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
