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    Auto Supremo AS/0289/2021
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0289/2021

    Fecha: 08-Abr-2021

    De Juan Carlos Casazola Salinas.

    Sostuvo que no entiende por qué la recurrente pretende que su derecho se vea afectado cuando el Tribunal de alzada detalló que los elementos probatorios dan certeza de que la adquisición del bien inmueble fue de buena fe y recogen la línea jurisprudencial sentada por el Auto Supremo N° 1166/2015, que refiere sobre la responsabilidad de la carga probatoria.

    • VISTOS:
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    • De la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta Catedral de Tarija R.L.
    • De Juan Carlos Casazola Salinas.
    • III.1. De los institutos de anulabilidad y nulidad.
    • III.2. De la protección a terceros de buena fe en las declaraciones judiciales de invalidez.
    • POR TANTO:

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