POR TANTO
.- La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el núm. 3) del art. 50 de la Ley N° 1970, en desacuerdo con el Dictamen Fiscal de fs. 945 a 948, FALLA declarando IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN del ciudadano peruano Edwin Zegarra Almora, nacido el 12 de marzo de 1980 en la ciudad de ICA-Perú, disponiéndose se oficie al Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, para que comisione a la Juez de Instrucción Penal N° 1 de esa Capital del Distrito Judicial de Cochabamba, ordene la notificación correspondiente con la presente resolución a Edwin Zegarra Almora y emita el Mandamiento de Libertad inmediata.
Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y por su intermedio a la Embajada de la República del Perú para fines consiguientes.
Providenciando los escritos presentados por Edwin Zegarra Almora, estese a la presente resolución.
No interviene el Magistrado Ricardo Torres Echalar, por no estar presente.
REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE, ARCHÍVESE.
