Fragmento 1
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 422/2021-RI
Fecha: 14 de mayo de 2021
Expediente: O-4-21-A
Partes: Wilson Freddy Ponce Luna c/ Crisologo Bravo Vargas y Abigail Alemán Cari.
Proceso: Nulidad procesal, consiguiente cancelación de protocolo y testimonio,
reivindicación, acción negatoria más pago de daños y perjuicios.
Distrito: Oruro.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 193 a 196, interpuesto por Wilson Freddy Ponce Luna contra el Auto de Vista N° 87/2021 de 29 de marzo cursante de fs. 173 a 180, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso sobre nulidad procesal, consiguiente cancelación de protocolo y testimonio, reivindicación, acción negatoria más pago de daños y perjuicios, seguido por el recurrente contra Crisologo Bravo Vargas y Abigail Alemán Cari; el Auto de concesión N° 32/2021 de 03 de mayo, cursante a fs. 199, todo lo inherente; y:
- Fragmento 1
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Wilson Freddy Ponce Luna en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusó:
- a)
- b)
- c)
- CONSIDERADO III:
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- III.1. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación conforme orienta la Ley Nº 439.
- III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación.
- III.3. Sobre la impugnación del Auto de Vista que resuelve la improponibilidad de la demanda.
- contra una Resolución que disponga la improponibilidad de la demanda, la apelación solo será concedida en el efecto suspensivo sin recurso ulterior
- CONSIDERANDO IV:
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
