VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 355 a 358 vta., interpuesto por Alicia Tomasa Calderón de Mendoza contra el Auto de Vista N° S-263/2020 de 26 de junio, cursante de fs. 350 a 353 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso ordinario de mejor derecho propietario, reivindicación y pago de daños y perjuicios seguido por Porfirio Callizaya Pérez y Luz Wilma Colque Condori contra la recurrente y los herederos de María Salomé Márquez Catari; la contestación de fs. 361 a 362 vta.; el Auto de concesión del recurso de 17 de marzo de 2021 cursante a fs. 377, el Auto Supremo de Admisión N° 300/2021-RA de 08 de abril, de fs. 383 a 384 vta.; todo lo inherente al proceso; y:
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- 3.
- De la respuesta al recurso de casación.
- dentro de un proceso contradictorio
- III.2. Sobre el principio dispositivo.
- principio dispositivo
- III.3. De la congruencia en las resoluciones.
- III.4. De los límites del principio de impugnación y de las resoluciones que pueden ser objeto del recurso de casación bajo la óptica del Código Procesal Civil.
- procesamiento ejecutoriado (lo que en nuestra legislación penal actual equivaldría a la acusación formal y no a la imputación)
- POR TANTO:
