Auto Supremo AS/0508/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0508/2021

Fecha: 10-Jun-2021

Fragmento 8

En principio se observará los antecedentes del proceso; Aniceto Macías Moscoso, Adolfo Flores Bernal y Beatriz Macías Ortiz iniciaron demanda de anulabilidad, nulidad y acción negatoria y resolución del contrato de 05 de febrero de 2001; acción dirigida en contra de la Junta Vecinal “26 de Mayo”, Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, Mariana, Nicolás y Sofía todos Macías Moscoso y Donato Macías heredero de Félix Macías, argumentando que  Mariana, Nicolás, Sofía, Félix y Aniceto todos Macías Moscoso heredaron un lote de terreno de superficie 10 ha y 800 m2 ubicado en el ex fundo Aranjuez, procedieron a la división y partición por la cual a Aniceto Macías Moscoso le asignaron 8.741.15 m2, que fue registrado en Derechos Reales bajo la Matrícula N° 10119900031438, mediante Escritura Pública N° 1504/2013 Aniceto Macías Moscoso otorga en calidad de venta la superficie de 248,50 m2 a Beatriz Macías Ortiz y Adolfo Flores Bernal quienes no registraron su derecho propietario en Derechos Reales.