Auto Supremo AS/0510/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0510/2021

Fecha: 10-Jun-2021

b.

b.En cumplimiento del art. 1059 del CC, se establece que del total de la legítima corresponde en cuatro quintas partes a Encarnación Evelyn Soliz Acha y Julio Arturo Soliz Acha, por ser herederos forzosos de María Olga Acha Videz; y de la restante quinta parte, se respeta la distribución realizada por la causante como expresión de liberalidad en la Escritura Pública N° 176/2016.

b)El A quo no otorga mayor razonamiento lógico jurídico del por qué en ejecución de sentencia se procederá al avaluó de los bienes para posteriormente dar a cada quien lo que corresponda, extremos que no pueden ser dejados a la suposición, ya que es preciso que el A quo otorgue una decisión que se base en un argumento razonable, explicativo, que provoque certidumbre, cuestión que hace al debido proceso en su vertiente de fundamentación y motivación.