Auto Supremo AS/0421/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0421/2021

Fecha: 28-Jul-2021

infundado

De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema de recursos que el Código de Procedimiento Penal, atinge a señalar a una resolución en específico, ya sea un Auto Supremo y/o un Auto de Vista, que dentro la materia, vislumbre la aplicación de la norma sustantiva o adjetiva a un caso determinado, donde se haya formado un criterio de decisión en un caso anterior, para que posteriormente en función de la identidad o de la analogía entre los hechos del primer caso (precedente contradictorio) y los hechos del segundo caso (resolución impugnada) se proceda a la determinación delegada por Ley a este Tribunal; de modo tal que ante el incumplimiento del abordaje y resolución de la temática expuesta como motivo casacional en el precedente invocado, no existe materia justiciable que posibilite la labor de contrastación unificadora del Tribunal Supremo de Justicia, deviniendo en infundado el motivo casacional.

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por José Luis Gamarra Quintana.