CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social Sexta de La Paz, emitió la Sentencia N° 104/2019 de 25 de septiembre (fs. 416 a 431), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 55 a 59, subsanada de fs. 62 a 63 y vta.; e IMPROBADA la excepción perentoria de pago (fs. 77 a 79).
Dispuso en consecuencia, que la empresa demandada, a través de su representante legal, deberá pagar a favor de Jacqueline Danitza Sánchez Arispe los conceptos y montos que corresponden de acuerdo con la liquidación siguiente:
Sueldo promedio indemnizable por saldo demandado: Bs. 3.660,00
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 440/2021
- Sucre, 09 de julio de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII-LPZ. 370/2021
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- CONSIDERANDO I.
- Tiempo de trabajo para pago de saldos: 2 años, 8 meses y 7 días
- TOTAL Bs. 32.495,65
- I.2. Auto de Vista.
- I.3. Motivos del recurso de casación.
- I.4. Contestación al recurso de casación.
- II.1.1. Consideraciones previas.
- II.1.2. Argumentos de derecho y de hecho.
- II.1.2.4.
- POR TANTO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
