AS/0175/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0175/2022

Fecha: 09-Nov-2022

CONSIDERANDO III

Por memorial de fs. 452 a 454, José Luis Zambrano Céspedes formula oposición a la extradición refiriendo la falta el cumplimiento de los requisitos para la procedencia de la extradición, primero porque la provincia de Bilbao de la Comunidad Autónoma del País Vasco no tiene ningún convenio ni tratado internacional suscrito con Bolivia, que defina la asistencia judicial en materia penal, que si bien el Juzgado de Instrucción N° 6 de Bilbao emitió la orden de detención preventiva europea e internacional del ciudadano José Luis Zambrano Céspedes, esta únicamente puede ser cumplida con los países con quienes tenga convenio y tratado internacional suscrito. Por otro lado la embajada de España no adjunta de manera completa el Código Penal de la Comunidad Autónomo de Bilbao o del Reino de España, sino adjunta un testimonio parcial de los artículos 74, 181,182,183 bis, ter, quater y 151 del Código Penal de los cuales se desconoce si es del Código Penal de la Comunidad Autónoma de Bilbao o del Reino de España ya que entre ellos son independientes, ello a los fines de que el Tribunal Supremo de Bolivia, analice la extradición requerida y a las condiciones en que vaya a ser juzgado; por lo que pide se declare probada su oposición.