VISTOS
El recurso de casación de fs. 637 a 651 vta., interpuesto por Amelia Ulunque Valdivia, impugnando el Auto de Vista Nº 082/2021 de 05 de noviembre, cursante de fs. 598 a 604 vta., el Auto de complementación y enmienda de 23 de junio de 2022 de fs. 617 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso ordinario de nulidad de escrituras de transferencia y cancelación de registro, seguido por Julio Alberto Ulunque Cáceres contra la recurrente; las contestaciones visibles de fs. 673 a 679 vta., y de 682 a 688 vta., el Auto de concesión de 27 de julio de 2022 cursante a fs. 689; el Auto Supremo de Admisión N° 678/2022-RA de 08 de septiembre de fs. 595 a 697, todo lo inherente al proceso; y:
