CASÓ
Esta Sala del Tribunal Supremo de Justicia, emitió el Auto Supremo N° 241/2018 de 8 de junio, de fs. 207 a 215; que CASÓ el Auto de Vista, resolviendo en el fondo, declaró PROBADA en parte la demanda de reintegro de beneficios sociales; IMPROBADA la excepción de prescripción por falta de méritos e IMPROBADA la excepción de pago documentado, por corresponder el pago efectivizado a un periodo laboral (2001-2012) diferente al que se constituye en el objeto de la demanda (1993-2001).
La entidad demandada, interpuso acción de amparo constitucional contra el indicado Auto Supremo, que fue resuelto por el Juez Vigésimo Quinto en lo Civil de Santa Cruz, constituido como Juez de Garantías, que emitió la Sentencia N° 10-18 de 16 de noviembre de 2018, de fs. 294 vta. a 301; concediendo la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto Supremo N° 241/2018 de 8 de junio.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 12-1
- Sucre, 17 de febrero de 2022
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: Bisa Seguros y Reaseguros SA
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- Autos Supremos emitidos y Sentencia Constitucional Plurinacional.
- CASÓ
- CASAR
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación.
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- El Tribunal de alzada, por Auto de 30 de enero de 2017 de fs. 191, concedió el recurso de casación de fs. 180 a 185, interpuesto por la demandante Mónica Isabel Vera Zalles, representada por Juan Carlos Martín Palomo Rivero; cumpliendo con en el art. 277 del Código Procesal Civil (CPC-2013), aplicable en la materia, de conformidad al art. 252 del CPT, esta Sala, emitió el Auto Supremo Nº 69-A de 24 de marzo de 2017, de fs. 200, admitiendo el recurso interpuesto por el demandante; que se pasa a resolver, considerando la Sentencia N° 10-18 de 16 de noviembre de 2018 y el Auto N° 03-21 de 8 de enero de 2021, emitidos por el Juez Vigésimo Quinto en lo Civil de Santa Cruz, constituido como Juez de Garantías Constitucionales, como la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0279/2019-S2 de 24 de mayo.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cú
