una condición de validez de las resoluciones judiciales, puesto que la credibilidad de la administración de justicia radica bá
Por otra parte, la SCP 1245/2015-S1 de 11 de diciembre, respecto a la debida motivación y fundamentación, señaló: “Así también la SCP 1020/2013 de 27 de junio, que ha establecido: “Por su parte, la motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales resulta ser una condición de validez de las resoluciones judiciales, puesto que la credibilidad de la administración de justicia radica básicamente en que las decisiones plasmadas en resoluciones estén debidamente motivadas y fundamentadas. La fundamentación implica explicar las razones jurídicas de la decisión judicial, es decir, la cita a las normas jurídicas (Constitución Política del Estado, normas del bloque de constitucionalidad, leyes, etc., así como jurisprudencia constitucional y ordinaria) que son aplicables al caso; en tanto que la motivación consiste en establecer los motivos concretos de porqué el caso analizado se subsume en dichos fundamentos jurídicos, pudiendo intervenir en el análisis inclusive motivos de índole cultural, social, axiológico, entre otros, que guiaron a la autoridad judicial a tomar una decisión de una determinada forma”.
“En función a las consideraciones antes señaladas, la importancia de la fundamentación y motivación de las decisiones judiciales, radica básicamente en que el juzgador, a tiempo de emitir su veredicto debe plasmar de manera clara, las razones, motivos y, explicar las normas en las que fundó su decisión, de modo que, los justiciables tengan el conocimiento y control sobre la resolución que les involucra a ellos en su condición de partes en la sustanciación del proceso” (El resaltado ha sido añadido).
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 142
- Sucre, 16 de marzo de 2022
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: Federación Sindical de Choferes de Chuquisaca
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA en parte
- Auto de Vista.
- REVOCÓ parcialmente la Sentencia N° 15/2020
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación.
- 1
- 2
- 3
- 4
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Doctrina aplicable al caso:
- Sobre la fundamentación y motivación, al resolver los recursos de apelación.
- una condición de validez de las resoluciones judiciales, puesto que la credibilidad de la administración de justicia radica bá
- Del debido proceso
- Resolución del caso concreto.
- Fragmento 32
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devué
