I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia
La Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Sentencia N° 205/2021 de 15 de octubre de fs. 2132 a 2149, que declaró PROBADA en parte la demanda contenciosa interpuesta por la Asociación Accidental CONSORCIO LA PAZ e IMPROBADA la excepción perentoria de prescripción opuesta por la Gobernación Autónoma Departamental de La Paz, debiendo ésta entidad cancelar a la empresa demandante las planillas de cierre N° 8 y 9 en la suma de Bs. 10.877.356,36.- (Diez millones ochocientos setenta y siete mil trescientos cincuenta y seis 36/100 Bolivianos) debiendo deducirse la Restitución de anticipo de Bs. 2.988.139,87.- (Dos millones novecientos ochenta y ocho mil ciento treinta y nueve 87/100 Bolivianos). En ejecución de Sentencia deberá liquidarse la suma adeudada correspondiente a los mayores gastos demandados en consideración a la calificación de daños y perjuicios. Sin costas.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- 3. La Planilla N° 9 y 10 no se encuentran dentro de los ítems del contrato, así se evidencia de la Certificación CITE
- 1.- Señaló que, la Sentencia N° 205/2021 no toma en cuenta la Planilla de cierre N° 10, ni los trabajos efectiva y materialmente realizados por la empresa y que forma parte de la demanda contenciosa que se probaron, existiendo error de hecho al respe
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS LEGALES Y DOCTRINALES APLICABLES AL CASO CONCRETO
- POR TANTO
