I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia.
Tramitado el proceso laboral de pago de derechos laborales, seguido por Eugenia Portal Pimentel contra el GAM–Tarija, la Juez Primero del Trabajo, Seguridad, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Tarija, emitió la Sentencia N° 68/2018 de 9 de marzo de 2018, de fs. 228 a 234, declarando IMPROBADA la excepción de prescripción; y en lo principal, PROBADA en parte la demanda, sin costas; disponiendo que la entidad demandada cancele a favor de la actora, la suma de Bs.19.362,95.- (Diecinueve mil trescientos sesenta y dos 95/100 bolivianos), por concepto de vacación, bono de antigüedad y aguinaldo de 2016, como se detalló en dicho fallo.
Auto de Vista.
En conocimiento de la Sentencia, el GAM–Tarija interpuso Recurso de apelación, de fs. 236 a 241, que se corrió traslado mediante proveído de 22 de marzo de 2018, de fs. 242; resuelto por el Auto de Vista N° 242/2021 de 8 de noviembre, emitido por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, de fs. 249 a 251; que CONFIRMO totalmente la Sentencia de primera instancia, sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley SAFCO.
- Encabezado
- CONTENIDO ADICIONAL
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- 1.- La Sentencia Constitucional (SC) 68/2018 (no señaló la fecha de emisión), sostiene que la naturaleza del contrato no la hace una de las partes en el contrato, sino las características propias de la prestación del servicio; en ese sentido, no se t
- 5.- El art. 5 del DS N° 28699 de 1 de mayo de 2006, refiere que, a cualquier forma de contrato civil o comercial que encubra la relación laboral, no surtirá efecto de ninguna naturaleza, así el ámbito no administrativo que se encuentra enmarcado en l
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
