AS/0097/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0097/2023

Fecha: 04-May-2023

1.- La UMRPSXCH, goza de plena autonomía para contratar a su personal docente y/o administrativo, en función a lo previsto en el art. 92 de la CPE; la contratación efectuada en el presente caso, se encuentra regulada por el Reglamento Específico de A

2.- La actora Karen Iblin Varnoux Michel, prestó sus servicios como Anatomopatólogo, dependiente del Instituto de Patología de la UMRPSXCH, mediante contratos a plazo fijo, en las gestiones 2017 del 4 de mayo al 31 de diciembre, 2018 del 2 de abril al 31 de diciembre y 2019 del 15 de marzo al 31 de diciembre; por lo que, la ruptura de la relación fue por cumplimiento de contrato, de los que se cumplió con el pago de beneficios sociales.

3.- La Universidad, nunca despidió a la demandante, simplemente se cumplió el tiempo pactado en el contrato suscrito, por ello, se procedió a la cancelación de todos los derechos y beneficios que le correspondían, sin que medie oposición alguna; por lo que, no corresponde pretender una reincorporación.