AS/0097/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0097/2023

Fecha: 04-May-2023

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Sentencia.

La Juez Primero de Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Sucre, emitió la Sentencia N° 057/2020 de 11 de diciembre, de fs. 307 a 312, declarando PROBADA en parte la demanda; disponiendo:

1.- La reincorporación de la actora a su fuente laboral, al mismo cargo de Anatomopatólogo dependiente Instituto de Patología de la UMRPSXCH; “desde el 20 de enero de 2020 hasta el momento de su reincorporación, más el pago de sueldos devengados más el incremento si es que hubiere de Bs.6.782,65, en forma mensual hasta su reincorporación, previo juramento de ley en ejecución de fallos, de no haber ejercido otra función. No se reconoce otros derechos más porque no fueron demandados (Textual - los errores corresponden al texto original).

2.- La demandante deberá acudir a la vía correspondiente para solicitar el seguro social a corto y largo plazo.

Auto de Vista.

En conocimiento de la Sentencia, la UMRPSXCH, interpuso recurso de apelación de fs. 319 a 321; que fue resuelto por el Auto de Vista 456/2021 de 12 de julio, de fs. 335 a 336, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; que CONFIRMÓ la Sentencia emitida en primera instancia; sin costas.

Auto Supremo.

Esta Sala, emitió el Auto Supremo 729 de 1 de diciembre de 2021, de fs. 355 a 357; que CASÓ el Auto de Vista 456/2021 de 12 de julio, resolviendo en el fondo, declaró IMPROBADA la demanda de reincorporación interpuesta por Karen Iblin Varnoux Michel.

Resolución de Amparo Constitucional.

Contra dicho Auto Supremo, Karen Iblin Varnoux Michel, interpuso acción de amparo constitucional, que resuelto por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió la Resolución Constitucional N° 125/2022 de 24 octubre, de fs. 383 a 386; que concedió la tutela solicitada y dejó sin efecto el Auto Supremo 729 de 1 de diciembre de 2021; disponiendo, se emita uno nuevo en base a los fundamentos jurídicos expuestos y las jurisprudencia constitucional desarrollada en el indicado fallo constitucional.

Determinación que consideró que el Auto Supremo emitido, efectuó una incorrecta valoración de la prueba, que demuestre o no, que la accionante hubiese realizado el cobro efectivo de su benéficos sociales, para no poder optar por la reincorporación que pretende; toda vez que, no consta documento que demuestre este hecho.

Atendiendo los fundamentos expresados en ese fallo constitucional y en cumplimiento de dicha determinación, conforme al art. 129-V de la Constitución Política del Estado (CPE), en concordancia con los arts. 15 y 16-I del Código Procesal Constitucional (CPCo), se emite el presente Auto Supremo, pasando a examinar los antecedentes del recurso de casación, deducido por la Universidad demandada.